"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Puchuncaví para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otra institución de crédito, uno o varios préstamos hasta por la suma de siete millones de pesos ($ 7.000.000), a un interés no superior al 10% anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.
    Para la contratación del o los préstamos no regirán las disposiciones restrictivas de las leyes orgánicas o reglamentos de la institución o instituciones que los otorguen.