"Artículo 1° Autorízase al Presidente de la República para vender a sus actuales ocupantes las casas y locales comerciales que forman las poblaciones denominadas "Ampliación Coll" y "Antena", de La Serena, previa tasación que de ellas haga la Corporación de la Vivienda, con el objeto de establecer su valor comercial.
El precio de la compraventa a que se refiere el presente artículo incrementará el patrimonio de la Corporación de la Vivienda.