Permite a los contribuyentes llevar contabilidad y pagar sus impuestos en moneda extranjera. La normativa legal también aclara que la rebaja al 1,2 % del impuesto de timbres y estampillas rige desde la publicación de la Ley N° 20.259, el 25 de marzo de 2008.

Finalmente, la ley otorga un nuevo plazo, hasta el 30 de abril de este año, para que los contribuyentes morosos puedan acogerse a las facilidades de pago autorizadas por la Ley N° 20.221; esto es, cancelar en 36 cuotas los tributos adeudados al 31 de marzo de 2008.

    Artículo 5°.- Elimínanse, en los artículos 1°, 2° y 4° del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2002, del Ministerio de Hacienda, que establece una asignación de estímulo al personal del Servicio de Tesorerías, las expresiones "en moneda nacional".