Permite a los contribuyentes llevar contabilidad y pagar sus impuestos en moneda extranjera. La normativa legal también aclara que la rebaja al 1,2 % del impuesto de timbres y estampillas rige desde la publicación de la Ley N° 20.259, el 25 de marzo de 2008.

Finalmente, la ley otorga un nuevo plazo, hasta el 30 de abril de este año, para que los contribuyentes morosos puedan acogerse a las facilidades de pago autorizadas por la Ley N° 20.221; esto es, cancelar en 36 cuotas los tributos adeudados al 31 de marzo de 2008.

    Artículo 8º.- Modifícase el artículo único de la ley Nº 20.221 que amplió el plazo para otorgar facilidades para pago de impuestos, como se indica a continuación:

    1) Sustitúyese la frase "30 de junio de 2007" por la siguiente: "31 de marzo de 2008".
    2) Modifícase la segunda vez que aparece en el texto la expresión .seis meses. por la siguiente: "siete meses".