TRATAMIENTO TRIBUTARIO DEL CASTIGO DE CRÉDITOS INCOBRABLES, CONFORME A LO DISPUESTO POR EL Nº 4 DEL ARTÍCULO 31 DE LA LEY DE LA RENTA
a) Extracto de Circular del Servicio de Impuestos Internos Nº 24, de fecha 24 de abril de 2008, mediante la cual a raíz de diversas consultas recibidas de los contribuyentes, se ha estimado conveniente actualizar y complementar las instrucciones impartidas con anterioridad sobre el tratamiento tributario del castigo de créditos incobrables, conforme a lo dispuesto por el Nº 4 del artículo 31 de la Ley de la Renta.
b) En consecuencia, y de acuerdo a lo anteriormente expuesto, se reemplazan las instrucciones impartidas mediante la Circular Nº 13, de fecha 25.01.1979.
c) El texto íntegro de esta circular está publicado en la oficina virtual del Servicio de Impuestos Internos en Internet (www.sii.cl) y, además, aparecerá en el Boletín del SII en abril de 2008.