MODIFICA LEY Nº 19.253, QUE CREA LA CORPORACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INDÍGENA PARA DOTAR A LA XIV Y XV REGIÓN DEL PERSONAL NECESARIO
D.F.L. Nº 2.- Santiago, 7 de febrero de 2008.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República de Chile, y la facultad que me confiere el inciso primero del artículo 36 de la ley Nº 20.233,
Decreto con fuerza de ley:
Artículo único: Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 19.253, que crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena:
a. Sustitúyese el inciso segundo del artículo 38, por el siguiente:
"Existirán dos Subdirecciones Nacionales: una en la ciudad de Temuco para la VIII, IX, X y XIV Región, y otra en la ciudad de Iquique para la I, II y XV Región. La Subdirección Nacional de Temuco tendrá a su cargo una Dirección Regional con sede en Cañete para atender a la VIII Región, otra con sede en Valdivia para atender a la XIV Región y otra con sede en Osorno para atender a la X Región. La Subdirección Nacional de Iquique tendrá a su cargo la Dirección Regional de Arica y la Oficina de Asuntos Indígenas de San Pedro de Atacama. Existirán, además, Oficinas de Asuntos Indígenas en Santiago, Isla de Pascua y Punta Arenas.".
b. Sustitúyense en el artículo 48, las expresiones "las Oficinas de Arica y San Pedro de Atacama" por "la Oficina de San Pedro de Atacama."
c. Créase en la Planta de Directivos, establecida en el artículo 52, dos cargos de Directores Regionales (Arica y Valdivia) grado 5º y suprímase un cargo de Jefe de Oficina (Arica), grado 7º.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- María Olivia Recart Herrera, Ministra de Hacienda (S).- Paula Quintana Meléndez, Ministra de Planificación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atte. a usted, Juan Luis Monsalve Egaña, Jefe de Gabinete Ministro de Hacienda.