Artículo 99. El personal dependiente de la Dirección General del Trabajo, gozará de una asignación de estímulo del 50% sobre sus sueldos imponibles reajustados por la o que rijan en el futuro. DichaLEY 12861
Art. 12
D.O. 07.02.1958
asignación se pagará mensualmente y se considerará como sueldo para todos los efectos legales.