Artículo 205 A.- LaDecreto 32, DEFENSA
Art. primero N° 93
D.O. 21.12.2023s instalaciones para el almacenamiento de electroshock y elementos lacrimógenos deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 112 letras a, b, c, d, e, f, y otras medidas o ingenios que el usuario pueda implementar a futuro para mayor seguridad del recinto.
Art. primero N° 93
D.O. 21.12.2023s instalaciones para el almacenamiento de electroshock y elementos lacrimógenos deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 112 letras a, b, c, d, e, f, y otras medidas o ingenios que el usuario pueda implementar a futuro para mayor seguridad del recinto.