Artículo 133.- LDecreto 32, DEFENSA
Art. primero N° 57
D.O. 21.12.2023
a DGMN mantendrá abierto el acceso de consultas de su base de datos del Registro Nacional de Armas a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones de Chile, Ministerio Público y Unidad de Análisis Financiero en los niveles dispuestos, durante las 24 horas del día, todos los días del año. Cuando por razones técnicas o de otro tipo este enlace se vea interrumpido, las consultas y respuestas deberán ser realizadas por estas Instituciones, por otros medios tecnológicos compatibles con la DGMN, que empleen y tengan niveles de seguridad comunicacional probados y aceptables.