Artículo 247.- Para renovar la inscripción, el usuario deberá concurrir ante la Autoridad Fiscalizadora del lugar donde se encuentre trabajando, presentando la última lista de control efectuado por el Departamento de Prevención de Riesgos, fotocopia de revisión técnica y permiso de circulación. En caso de no renovar en el plazo estipulado deberá presentar todos los antecedentes como una nueva inscripción.