AMPLÍA EL ARTÍCULO 2º DEL DECRETO Nº 2.239 EXENTO, DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2007

    Santiago, 25 de marzo de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 1.227 exento.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32, Nº 6 de la Constitución Política de la República; en decreto ley Nº 799, de 1974 y sus modificaciones y en el decreto supremo Nº 19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de 2001, y

    Teniendo presente:

    Que el decreto exento Nº 2.239, de 26 de noviembre de 2007, de Interior, individualizó los vehículos del Nivel Central autorizados a circular conforme lo dispuesto en el DL Nº 799, de 1974, señalando los conductores responsables de ese cometido.
    Que es necesario agregar a esa nómina a don Mauricio Hernán Vega Gutiérrez, RUT 10.084.912-7.

    Decreto:

    Artículo único: Amplíase la nómina de conductores autorizados para conducir los vehículos individualizados en el artículo primero del decreto exento Nº 2.239, de 2007, del Ministerio del Interior Nivel Central, incorporando a ella a don Mauricio Hernán Vega Gutiérrez, RUT 10.084.912-7.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Edmundo Pérez Yoma, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Felipe Harboe Bascuñán, Subsecretario del Interior.