Artículi 2.o Autorízase al Instituto Bacteriológico de Chile, para los efectos de la venta de sus productos, para abonar comisiones a su personal que ejerza funciones de vendedor o cobrador. A este personal se le fijará anualmente sueldos de asimilación que se determinarán en relación con las comisiones que perciba para el sólo fin de las imposiciones correspondientes a los beneficios previsionales a que estuviesen acogidos.