Establece un impuesto de un 100% al valor de las entradas a las dependencias del Casino Municipal de Viña del Mar, con el fin de destinarlo a un plan de construcciones, reparaciones y alhajamiento de locales escolares en Viña del Mar.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo 1° Establécese un impuesto de un 100% al valor de las entradas a todas las dependencias del Casino Municipal de Viña del Mar, el cual se destinará a la adquisición de acciones de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, con el fin de que esta Sociedad ejecute un plan de construcciones, reparación y alhajamiento de locales escolares en Viña del Mar.
La sociedad indicada deberá destinar un 80% de las sumas así obtenidas a la atención preferente y en el orden que se indica, de los siguientes establecimientos:
1.°) Liceo de Hombres; 2.°) Liceo de Niñas; 3.°) Instituto Comercial, y 4.°) Escuela Normal.
El 20% restante deberá destinarse a la reparación y alhajamiento de locales escolares, por intermedio de la misma Sociedad.
Artículo 2° El aumento del valor de las entradas a que se refiere el artículo anterior no estará afecto a lo dispuesto en la letra e) del artículo 2° de la ley 11.766, de 30 de diciembre de 1954.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, veintiséis de septiembre de mil novecientos cincuenta y siete.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Manuel Quintana.- Horacio Arce.