Ley 12568
Ley 12568 AUTORIZA EXPROPIAR, EN FAVOR DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y CON EL OBJETO DE CONSTRUIR EL LICEO DE HOMBRES N° 10 DE SANTIAGO, LOS INMUEBLES QUE INDICA Y CUYOS DESLINDES SEÑALA.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Autoriza expropiar, en favor del Ministerio de Educación Pública y con el objeto de construir el Liceo de Hombres N° 10 de Santiago, los inmuebles que indica y cuyos deslindes señala.
El Congreso Nacional ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo 1° Declárase de utilidad pública y autorízase al Presidente de la República para expropiar, en favor del Ministerio de Educación Pública y con el objeto de construir el Liceo de Hombres N.° 10 de Santiago, los inmuebles comprendidos entre las calles y deslindes siguientes:
a) Norte, calle Ricantén; Sur, Avenida Diez de Julio;
Este, calle Madrid, y Oeste, calle General Urriola;
b) Norte, propiedades de la Sucesión Carlos Salinas Ortiz, rol 2640/23, de Enrique Bouchet Fournet, hoy de la Editorial Jurídica de Chile, rol 2640/19; y de Juan Bolcredi Monti, rol 2640/14; Sur, calle Ricantén; Este, propiedad de don Anselmo Hevia, rol 2640/6, y Oeste, calle General
Urriola, y
c) Norte, calle Ricantén; Sur, Avenida Diez de Julio;
Este, propiedad de don Anselmo Hevia, rol 2644 y propiedad de Amelia Bruce viuda de Arriagada, rol N.° 2644/10, y Oeste, calle Madrid.
La expropiación comprenderá la totalidad de los predios siguientes:
Rol 2644/12 de Avenida Diez de Julio 369-381, propiedad de Francisco Regulez Isla.
Rol 2644/13 de Avenida Diez de Julio 383-385, propiedad de Wenceslao Alvarez.
Rol 2644/14 de Calle General Urriola 658, propiedad de Olivia Castro de Longeira.
Rol 2644/15 de Calle General Urriola 666, propiedad del Instituto de Caridad Hermandad de Dolores.
Rol 2644/16 de Calle General Urriola 668, propiedad de Eugenio Rioseco Gómez.
Rol 2644/17 de Calle General Urriola 672, propiedad de Laura Valeiro Riveiro.
Rol 2644/18 de Calle General Urriola 684- 696, propiedad de Armando Fernández García.
Fuera de rol, calle Juan Ramsay en toda su extensión, esto es, desde su nacimiento en calle Madrid hasta su terminación en calle General Urriola.
Rol 2644/11 de Avenida Diez de Julio 367, propiedad de Selim Nazir Gamen.
Rol 2640/24 de calle General Urriola 650- 662, propiedad de Olivia Castro de Longeira.
Rol 2640/7 de calle Ricantén 365- 367, propiedad de Luperfina Alfaro y de Amelia Pastén, respectivamente.
Artículo 2° Decláranse de utilidad pública, y facúltese al Presidente de la República para expropiar los derechos que pudieran corresponder a particulares en los terrenos ocupados por la calle Madrid, entre la Avenida Diez de Julio y la calle Ricantén; Ricantén entre la calle General Urriola y Madrid y la calle Juan Ramsay, de Santiago.
Para el caso de que la calle Juan Ramsay fuere considerada bien nacional de uso público, desaféctase de dicha calidad jurídica a los terrenos ocupados por ella, los que se destinarán a servir las necesidades de cualquiera índole del Liceo de Hombres N.° 10 de Santiago.
Artículo 3° Estas expropiaciones se llevarán a cabo en la forma establecida en la ley 3.313 y su reglamento, aprobado por decreto 2.651, del Ministerio de Fomento, publicado en el "Diario Oficial" de 11 de octubre de 1934.
Los inmuebles, una vez expropiados, se reputarán con títulos saneados y las personas que pretendan algún derecho sobre dichos predios sólo lo podrán hacer valer sobre el valor de las respectivas expropiaciones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 08-OCT-1957
|
08-OCT-1957 |
Comparando Ley 12568 |
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