DISPONE SEGUNDO ENVÍO DE AYUDA ESPECÍFICA A BOLIVIA PARA APOYO EN LA ATENCIÓN DE EMERGENCIA DERIVADA DE HECHO QUE INDICA

    Santiago, 28 de septiembre de 2007.- Hoy se decretó lo que sigue:

    Núm. 1.009.- Considerando:

    Que Bolivia se ha visto afectada por graves inundaciones provocadas por las intensas lluvias caídas sobre varias zonas de ese país durante las últimas semanas las que han dejado como consecuencia numerosas familias damnificadas, carreteras principales cortadas además de múltiples daños a la agricultura, agravado este año por el fenómeno de El Niño.
    Que el Gobierno de Chile, en su propio nombre y en el de su pueblo, ha resuelto acudir en su auxilio como acto humanitario de solidaridad internacional, para lo que se precisa un segundo envío de artículos considerados indispensables para atenuar las necesidades más apremiantes de la población afectada, elementos de soporte y combate para brigadistas colombianos para combatir y prevenir estos incendios.
    Que en atención a la urgencia, dicha ayuda se materializó sin que se hubiere dictado el acto administrativo que la autorizaba, y
    Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; en los artículos 1º, 3º, letras g) e i), 6º y 19º bis de la ley Nº 16.282, y en el artículo 10º de la ley Nº 10.336,

    Decreto:

    Artículo primero: Ratifícase la donación efectuada a Bolivia de las especies que se indican a continuación, las que en nombre del Gobierno y pueblo de Chile, se entregaron a las autoridades de ese país para atender las necesidades más apremiantes de la población damnificada:

a)

Elementos      Cantidad    Peso  Peso total  Monto en
                          (kilos)  (kilos)      pesos

Alimentos    300 cajas    15,5    4650  $2.856.000
Carpas      150 unidades  25      1038  $14.241.206
Colchonetas  200 unidades  26        520  $1.310.000
Frazadas    400 unidades  19,5      780  $1.190.000
Catre
campaña      150 unidades  6        1200  $3.750.000
Cubre techo  150 unidades  15,5      310  $0.000.000
Subtotal
Onemi                              8498  $23.347.206

b)
    ITEM                $          US$

    Operación aérea  16.502.664  34.370


    Artículo segundo: La referida ayuda provino del stock de elementos de socorro que mantiene la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior, entidad a la que se faculta para hacer la donación antes indicada.
    El costo de reposición de la ayuda señalada se hará, por partes iguales, por el Ministerio del Interior y por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Éste asciende, aproximadamente, a la suma de $39.849.870 (treinta y nueve millones ochocientos cuarenta y nueve mil ochocientos setenta pesos).
    El costo del traslado de la ayuda se financiará por partes iguales entre el Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa y Ministerio de Relaciones Exteriores.

    Artículo tercero: La ayuda especificada en el artículo primero, fue despachada a Bolivia en un avión Hércules C-130 de la Fuerza Aérea de Chile, el día 15 de marzo de 2007.

    Artículo cuarto: Declárase que para los efectos de la entrega de la donación señalada se comisionó al señor Fernando Morales Godoy, Tercer Secretario del Servicio Exterior, RUT Nº 13.672.631-5, y al señor Mario Acuña Fuentes, Jefe Stock Emergencia Onemi, RUT Nº 6.561.701-3 cuyos viáticos serán con cargo al presupuesto de ambas instituciones, Ministerio de Relaciones Exteriores y Onemi, respectivamente.
    Durante la permanencia en el extranjero, los funcionarios antes individualizados conservaron la propiedad de su cargo, percibiendo sus rentas en moneda nacional.

    Anótese, refréndese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Felipe Harboe Bascuñán, Ministro del Interior Subrogante.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Relaciones Exteriores.- José Goñi Carrasco, Ministro de Defensa Nacional.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Jorge Claissac Schnake, Subsecretario del Interior Subrogante.