EXIME DE REQUISITOS INDICADOS EN LOS TÍTULOS III, IV Y V DEL DECRETO N° 174/2005 A 28 FAMILIAS DEL PROYECTO COMITÉ VILLA EL JARDÍN DE QUEILÉN PARA SER INCORPORADOS A UN NUEVO PROYECTO DEL PRO-
GRAMA FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS

    Santiago, 23 de mayo de 2008.- Hoy se resolvió lo que sigue:

    Núm. 3.448 exenta.- Vistos:

a)  El D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2005, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda, en especial lo dispuesto en el inciso séptimo de su artículo 3° referido a casos de emergencia;
b)  La resolución exenta N° 3.404, de fecha 4 de diciembre de 2003, del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Lagos, que aprobó la nómina de seleccionados del programa y llamado que indica;
c)  La resolución N° 15, de fecha 12 de febrero de 2004, del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Lagos, que aprobó convenio entre el Serviu Región de Los Lagos y la Municipalidad de Queilén, para el desarrollo de un Programa Fondo Concursable para Proyectos Habitacionales Solidarios de 28 viviendas, Comité de Vivienda El Jardín de Queilén;
d)  La resolución exenta N° 6.655 y sus
    modificaciones, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 7 de diciembre de 2007, que autoriza el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes a los llamados que se efectúen durante el año 2008, para subsidios habitacionales en Sistemas y Programas que indica;
e)  El Oficio N° 301, de fecha 9 de abril de 2008, de la Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo, dirigido al Director de Serviu Región de Los Lagos, en el que establece requisitos y criterios para dar solución a casos críticos;
f)  El Oficio N° 1.335, de fecha 23 de abril de 2008, de Directora Serviu Región de Los Lagos (S), en el que explica situación de abandono de las obras correspondientes al proyecto Comité Villa el Jardín de Queilén, y solicita se otorgue un nuevo subsidio a las familias afectadas priorizando su bienestar;
g)  La facultad que me confiere el artículo 3°, inciso séptimo del D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2005, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda, para asignar directamente por resoluciones hasta un 30% de la cantidad de recursos dispuestos, en situaciones tales como proyectos que el Minvu califique como de extrema relevancia y además de modificar algunas de las condiciones o requisitos de este decreto o de aumentar los montos de subsidios, y

    Considerando:

a)  La posibilidad señalada en el Oficio N° 301, de fecha 9 de abril de 2008, de la Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo, dirigido al Director de Serviu Región de Los Lagos, de proponer solución definitiva para proyectos en conflicto que se encuentran pendientes;
b)  Que la Directora de Serviu Región de Los Lagos (S) mediante oficio N° 1.335, de fecha 23 de abril de 2008, ha dado cumplimiento a las exigencias del oficio citado en la letra anterior respecto al proyecto crítico Comité Villa el Jardín de Queilén, con la propuesta de incorporar a estas 28 familias en un nuevo proyecto que la EGIS ASEVIV postulará al Programa Fondo Solidario de Vivienda, dicto la Siguiente

    Resolución:

    1. Exímese de los requisitos indicados en los títulos III, IV y V del D.S. N° 174/2005 a las 28 familias del siguiente listado, para efectos de la incorporación de estas familias a un nuevo proyecto en la comuna Queilén, que la EGIS ASEVIV postulará al Programa Fondo Solidario de Vivienda, y de proceder cuando corresponda a la asignación directa de estos subsidios.

N°    RUT    D  Apellido Apellido      Nombre
              Paterno    Materno

1  3974600 K CHIGUAY    TEIGUEL    MARGARITA
2  8816119 K HARO      MANSILLA  JULIA DEL PILAR
3  9626891 2 MILLAN    NAGUELQUIN MARIA FILOMENA
4  9632531 2 BARRIA    MARIMAN    MARIA ESTER
5  9635384 7 CAICHEO    LEVIN      LETICIA AURORA
6  10017102 3 VERA      AGUILAR    MARIA DEIFILIA
7  10420588 7 NAUTO      NAUTO      JUAN ALBERTO
8  10904227 7 VARGAS    ALVAREZ    MARIA CECILIA
9  11598865 4 VARGAS    ARIAS      JUAN RAMON
10 11598973 1 LLANCABURE MARIO      JUANA EDITH
11 12595118 K NAGUELQUIN MARIPANI  NANCY LORENA
12 12595211 9 CHACON    RUIZ      EDITH ISABEL
13 12595463 4 HUENCHUMAN CARDENAS  ORLANDO JAVIER
14 12810804 1 NAVARRETE  ESPANA    ORFELIA DEL
                                    CARMEN
15 12997003 0 BARRIA    MANCILLA  ALEJANDRO
                                    FRANCISCO
16 13409078 2 PEREIRA    CHAURA    FREDDY DEMIS
17 13409783 3 MILLALONCO TEIGUEL    DIONICIO JAVIER
18 13409795 7 NEGUE      COÑUECAR  SILVANIA RAQUEL
19 13594413 0 DUAMANTE  GODOY      SERGIO ALEJANDRO
20 13594432 7 ALVARADO  MARQUEZ    FABIANA DEL CARM
21 13594442 4 CARDENAS  TORRES    RENE OCTAVIO
22 13826051 8 GUEICHA    GUEICHA    LUZ ELIANA
23 13826080 1 URIBE      MALDONADO  MARCELA CECILIA
24 13826088 7 NANCUANTE  GONZALEZ  RUTH MARINA
25 14088240 2 ARIAS      SANCHEZ    MARIA GRACIELA
26 14315298 7 VARGAS    SANCHEZ    GLORIA PATRICIA
27 14418982 5 SIERPE    VERA      MELANIA DEL
                                    CARMEN
28 14495223 5 LEVIN      AGUILAR    MARIA ANGELICA

    Los subsidios habitacionales que se otorguen a estas familias se imputarán a los recursos autorizados a la Región de Los Lagos, para el Programa Fondo Solidario de Vivienda del año 2008.
    2. El Serviu de la Región de Los Lagos deberá ejercer las acciones que procedan para recuperar los fondos pagados del proyecto Comité Villa el Jardín de Queilén, para hacer efectivas las garantías correspondientes, como asimismo para la determinación de las eventuales responsabilidades civiles, penales o administrativas de todos los actores involucrados en las irregularidades que originaron esta situación.
    3. El Director Serviu Región de Los Lagos dispondrá, mediante resolución y en función del acta de la Comisión Técnico Evaluadora, la aprobación del expediente técnico del nuevo proyecto y los montos de subsidios adicionales como subsidio diferenciado a la localización, equipamiento y subsidio fondo de iniciativa, si corresponde. Esta comisión deberá verificar el cumplimiento de los requisitos para aprobar la asignación de estos recursos.


    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.