EXIME DE REQUISITOS INDICADOS EN LOS TÍTULOS III, IV Y V DEL DECRETO N° 174/2005 A 28 FAMILIAS DEL PROYECTO COMITÉ VILLA EL JARDÍN DE QUEILÉN PARA SER INCORPORADOS A UN NUEVO PROYECTO DEL PRO-
GRAMA FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS
Santiago, 23 de mayo de 2008.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 3.448 exenta.- Vistos:
a) El D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2005, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda, en especial lo dispuesto en el inciso séptimo de su artículo 3° referido a casos de emergencia;
b) La resolución exenta N° 3.404, de fecha 4 de diciembre de 2003, del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Lagos, que aprobó la nómina de seleccionados del programa y llamado que indica;
c) La resolución N° 15, de fecha 12 de febrero de 2004, del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Lagos, que aprobó convenio entre el Serviu Región de Los Lagos y la Municipalidad de Queilén, para el desarrollo de un Programa Fondo Concursable para Proyectos Habitacionales Solidarios de 28 viviendas, Comité de Vivienda El Jardín de Queilén;
d) La resolución exenta N° 6.655 y sus
modificaciones, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 7 de diciembre de 2007, que autoriza el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes a los llamados que se efectúen durante el año 2008, para subsidios habitacionales en Sistemas y Programas que indica;
e) El Oficio N° 301, de fecha 9 de abril de 2008, de la Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo, dirigido al Director de Serviu Región de Los Lagos, en el que establece requisitos y criterios para dar solución a casos críticos;
f) El Oficio N° 1.335, de fecha 23 de abril de 2008, de Directora Serviu Región de Los Lagos (S), en el que explica situación de abandono de las obras correspondientes al proyecto Comité Villa el Jardín de Queilén, y solicita se otorgue un nuevo subsidio a las familias afectadas priorizando su bienestar;
g) La facultad que me confiere el artículo 3°, inciso séptimo del D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2005, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda, para asignar directamente por resoluciones hasta un 30% de la cantidad de recursos dispuestos, en situaciones tales como proyectos que el Minvu califique como de extrema relevancia y además de modificar algunas de las condiciones o requisitos de este decreto o de aumentar los montos de subsidios, y
Considerando:
a) La posibilidad señalada en el Oficio N° 301, de fecha 9 de abril de 2008, de la Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo, dirigido al Director de Serviu Región de Los Lagos, de proponer solución definitiva para proyectos en conflicto que se encuentran pendientes;
b) Que la Directora de Serviu Región de Los Lagos (S) mediante oficio N° 1.335, de fecha 23 de abril de 2008, ha dado cumplimiento a las exigencias del oficio citado en la letra anterior respecto al proyecto crítico Comité Villa el Jardín de Queilén, con la propuesta de incorporar a estas 28 familias en un nuevo proyecto que la EGIS ASEVIV postulará al Programa Fondo Solidario de Vivienda, dicto la Siguiente
Resolución:
1. Exímese de los requisitos indicados en los títulos III, IV y V del D.S. N° 174/2005 a las 28 familias del siguiente listado, para efectos de la incorporación de estas familias a un nuevo proyecto en la comuna Queilén, que la EGIS ASEVIV postulará al Programa Fondo Solidario de Vivienda, y de proceder cuando corresponda a la asignación directa de estos subsidios.
N° RUT D Apellido Apellido Nombre
Paterno Materno
1 3974600 K CHIGUAY TEIGUEL MARGARITA
2 8816119 K HARO MANSILLA JULIA DEL PILAR
3 9626891 2 MILLAN NAGUELQUIN MARIA FILOMENA
4 9632531 2 BARRIA MARIMAN MARIA ESTER
5 9635384 7 CAICHEO LEVIN LETICIA AURORA
6 10017102 3 VERA AGUILAR MARIA DEIFILIA
7 10420588 7 NAUTO NAUTO JUAN ALBERTO
8 10904227 7 VARGAS ALVAREZ MARIA CECILIA
9 11598865 4 VARGAS ARIAS JUAN RAMON
10 11598973 1 LLANCABURE MARIO JUANA EDITH
11 12595118 K NAGUELQUIN MARIPANI NANCY LORENA
12 12595211 9 CHACON RUIZ EDITH ISABEL
13 12595463 4 HUENCHUMAN CARDENAS ORLANDO JAVIER
14 12810804 1 NAVARRETE ESPANA ORFELIA DEL
CARMEN
15 12997003 0 BARRIA MANCILLA ALEJANDRO
FRANCISCO
16 13409078 2 PEREIRA CHAURA FREDDY DEMIS
17 13409783 3 MILLALONCO TEIGUEL DIONICIO JAVIER
18 13409795 7 NEGUE COÑUECAR SILVANIA RAQUEL
19 13594413 0 DUAMANTE GODOY SERGIO ALEJANDRO
20 13594432 7 ALVARADO MARQUEZ FABIANA DEL CARM
21 13594442 4 CARDENAS TORRES RENE OCTAVIO
22 13826051 8 GUEICHA GUEICHA LUZ ELIANA
23 13826080 1 URIBE MALDONADO MARCELA CECILIA
24 13826088 7 NANCUANTE GONZALEZ RUTH MARINA
25 14088240 2 ARIAS SANCHEZ MARIA GRACIELA
26 14315298 7 VARGAS SANCHEZ GLORIA PATRICIA
27 14418982 5 SIERPE VERA MELANIA DEL
CARMEN
28 14495223 5 LEVIN AGUILAR MARIA ANGELICA
Los subsidios habitacionales que se otorguen a estas familias se imputarán a los recursos autorizados a la Región de Los Lagos, para el Programa Fondo Solidario de Vivienda del año 2008.
2. El Serviu de la Región de Los Lagos deberá ejercer las acciones que procedan para recuperar los fondos pagados del proyecto Comité Villa el Jardín de Queilén, para hacer efectivas las garantías correspondientes, como asimismo para la determinación de las eventuales responsabilidades civiles, penales o administrativas de todos los actores involucrados en las irregularidades que originaron esta situación.
3. El Director Serviu Región de Los Lagos dispondrá, mediante resolución y en función del acta de la Comisión Técnico Evaluadora, la aprobación del expediente técnico del nuevo proyecto y los montos de subsidios adicionales como subsidio diferenciado a la localización, equipamiento y subsidio fondo de iniciativa, si corresponde. Esta comisión deberá verificar el cumplimiento de los requisitos para aprobar la asignación de estos recursos.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.