OTORGA SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA, CONFORME AL ARTÍCULO 3° INCISO SÉPTIMO DEL DECRETO 174, DE 2005, Y SUS MODIFICACIONES PARA EL PROYECTO DE EXTREMA RELEVANCIA "COMITÉS NUEVO AMANECER Y ANTONIO CAICUMEO", DE LA COMUNA DE ANCUD DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS, Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 1.068 EXENTA, DE 15 DE FEBRERO DE 2008
Santiago, 23 de mayo de 2008.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 3.449 exenta.- Vistos:
a) El D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2005, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda, en especial lo dispuesto en el inciso séptimo de su artículo 3° referido a casos de emergencia;
b) La resolución exenta N° 3.609, de fecha 24 de diciembre de 2003, del Serviu de la Región de Los Lagos, que aprobó la nómina de seleccionados del programa y llamado que indica;
c) La resolución exenta N° 1.365, de fecha 12 de diciembre de 2007, de la Seremi Minvu de la Región de Los Lagos, que otorga plazo adicional a la vigencia de los subsidios de los Comités que indica;
d) La resolución exenta N° 6.655 y sus
modificaciones, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 7 de diciembre de 2007, que autoriza el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes a los llamados que se efectúen durante el año 2008, para subsidios habitacionales en Sistemas y Programas que indica;
e) La resolución exenta N°1.068 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 15 de febrero de 2008, que otorgó subsidios habitacionales del Programa Fondo Solidario de Vivienda a los comités Nuevo Amanecer y Antonio Caicumeo, de la comuna de Ancud de la Región de Los Lagos.
f) El Oficio N° 301, de fecha 9 de abril de 2008, de la Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo, dirigido al Director de Serviu Región de Los Lagos, en el que establece requisitos y criterios para dar solución a casos críticos.
g) El Oficio N° 1.334, de fecha 23 de abril de 2008, de la Directora Serviu Región de Los Lagos (S), solicitando la asignación directa de nuevo subsidio para atender el término de las viviendas correspondientes a los Comités Nuevo Amanecer y Antonio Caicumeo, de la comuna de Ancud, incorporada dentro de los casos críticos de la Región de Los Lagos.
h) La facultad que me confiere el artículo 3°, inciso séptimo del D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2005, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda, para asignar directamente por resoluciones hasta un 30% de la cantidad de recursos dispuestos, en situaciones tales como proyectos que el MINVU califique como de extrema relevancia y además de modificar algunas de las condiciones o requisitos de este decreto o de aumentar los montos de subsidios, y Considerando:
a) La posibilidad señalada en el Oficio N° 301, de fecha 9 de abril de 2008, de la Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo, dirigido al Director de Serviu Región de los Lagos, de proponer solución definitiva para proyectos en conflicto que se encuentran pendientes,
b) Que la Directora de Serviu Región de Los Lagos (S) mediante oficio N° 1.334, de fecha 23 de abril de 2008, ha dado cumplimiento a cada una de las exigencias del oficio citado en la letra anterior respecto a los proyectos críticos correspondientes a los Comités Nuevo Amanecer y Antonio Caicumeo, de la comuna de Ancud, dicto la siguiente
Resolución:
1.- Exímese de los requisitos indicados en los títulos III, IV y V del D.S. N° 174/2005, y asígnase directamente 80 Subsidios del Fondo Solidario de Vivienda en la modalidad de construcción, destinados a beneficiar a familias de la comuna de Ancud que forman parte de un proyecto calificado como caso de extrema relevancia y que se singularizan en la siguiente nómina:
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 29.05.2008, PAGINA 10
COMITÉ NUEVO AMANECER
N° Nombre Beneficiario RUT
1 Aguila Soto Georgina del Carmen 7.839.248-7
2 Albornoz Hidalgo Domingo Guido 11.502.259-8
3 Altamirano Mancilla Violeta
de Lourdes 12.010.714-3
4 Álvarez Legue Mercedes del Rosario 11.414.859-8
5 Ampuero Romero Edith Miguelina 7.086.226-3
6 Barría González Ingrid Soledad 15.288.059-6
7 Barrientos Vera Pedro Rolando 7.445.643-k
8 Cárdenas Ruiz Ximena Patricia 10.170.638-9
9 Chandía Toledo José Patricio 12.077.584-7
10 Colillanca González Judith del
Carmen 10.772.351-K
11 Comicheo Gamin Loreto Rosario 13.407.981-9
12 Contreras Ebner Claudia Paz 12.465.884-5
13 Figueroa Figueroa Luis Eugenio 6.903.078-5
14 Gallardo Alvarado Clementina Amelia 9.683.590-6 15 Miranda Alvarado Gloria del Carmen 11.432.467-1
16 Nenen Díaz Maria Alicia 10.376.084-4
17 Ojeda Cumicheo Maria Soledad 13.825.131-4
18 Ojeda Ojeda Ivonne Marlene 11.086.745-K
19 Puchi Ascencio Ana del Carmen 13.168.933-0
20 Quelimpani Quelimpani Hilda del
Carmen 9.186.188-7
21 Quidiante Antiman Patricia del
Carmen 13.001.139-K
22 Rojas Rojas Erick Alvaro 13.850.454-9
23 Rojas Vega Jacqueline Johann 19.266.249-4
24 Rubio Mansilla Nancy Catalina 11.716.710-0
25 Sánchez Henning Marta Irene 11.083.262-1
26 Segura Maldonado Miriam Edith 9.839.462-1
27 Silva Montecinos Verónica del
Carmen 15.288.396-K
28 Soto Ruiz Lidia del Carmen 9.835.388-7
29 Soto Ulloa Juan Carlos 12.202.626-4
30 Sotomayor Cisterna Claudia
Margarita 13.168.778-8
31 Sotomayor Vidal Sergio Mario 11.432.659-3
32 Ule González Adriana Clementina 9.951.130-3
33 Villarroel Muñoz Ximena del Carmen 13.588.615-7
34 Yager Barría Lorena Vanesa 13.591.549-1
COMITÉ ANTONIO CAICUMEO
N° Nombre Beneficiario RUT
1 Alarcón Muñoz Lidia Nelda 6.666.666-2
2 Altamirano Barría Gloria Viviana 11.598.382-2
3 Álvarez Leal Santos Gladis 5.592.014-1
4 Ampuero González Rosa Alba 12.115.967-8
5 Arriagada Vera Karin Marlene 12.759.624-7
6 Barría Astorga Ingrid del Carmen 14.292.130-8
7 Barría Díaz Alejandro Enrique 12.999.512-2
8 Barría Díaz Alexis Fredicardo 13.610.199-4
9 Caimapo Andrade Carlos Orlando 9.310.792-6
10 Cárdenas Aguilar Disnarda Amanda 11.717.687-8
11 Cárdenas Cárdenas Carolina Beatriz 14.041.719-K
12 Cárdenas Delgado Luis Alberto 8.011.103-7
13 Cumillanca Nehuel Nibaldo Teobaldo 7.131.882-6
14 Díaz Aude Ángela Viviana 15.287.657-2
15 Díaz Galindo Luis Andrés 10.971.642-1
16 Espinoza Naiman Laura Eugenia 10.997.337-8
17 Estrada González Tania Kartina 13.000.777-6
18 Gamboa Díaz Marcela Hortensia 13.522.907-5
19 Gamboa Díaz Maricel Ximena 13.119.238-K
20 Guenchor Veli Jorge Rolando 8.923.753-K
21 Guenuan Colipan Carlos Salvador 12.422.926-K
22 Guerrero Caimapo José Etelviro 5.692.844-8
23 Guerrero Villagra Gladys del
Carmen 10.158.881-5
24 Guineo Cárcamo Luisa del Carmen 9.548.603-7
25 Hernández Barría Mirta Eliana 10.801.357-5
26 Hernández Ojeda Luis Delfín 14.497.175-2
27 Higuera Díaz Susana Maribel 9.014.055-8
28 Huentelican Huentelican Angela 11.716.588-4
29 Jiménez Cárdenas Carmen Ximena 11.217.028-6
30 Jouanin Torres Julio Cesar 2.296.504-2
31 Llainquen Paredes Nancy Ruth 11.357.918-8
32 Maldonado Sánchez Maria Venidle 6.940.331-K
33 Millao Galindo Víctor Hugo 14.041.591-K
34 Miranda Pérez Maria Elena 9.230.675-5
35 Muñoz Aguilar Claudia Viviana 13.407.713-1
36 Ojeda Llaiquen Teofilo Héctor 9.138.599-6
37 Oyarzo Rojel Lorena de Lourdes 9.511.954-9
38 Paredes Ruiz Valeria Valeska 15.814.264-3
39 Salinas Álvarez Virginia Odette 10.666.517-6
40 Santana Villarroel Carlos Patricio 12.756.439-6
41 Serón Contreras Héctor Fernando 9.326.041-4
42 Soto Soto Claudio Agustín 13.168.103-8
43 Straussmann Reyes Elda Roxana 16.206.095-3
44 Trujillo Guineo Juan Aurelio 7.402.960-4
45 Ulloa Cárdenas Claudia Eugenia 13.408.498-7
46 Vargas Burgos Verónica Lissett 16.206.118-6
Los subsidios habitacionales que se otorguen a estas familias se imputarán a los recursos autorizados a la Región de Los Lagos, para el Programa Fondo Solidario de Vivienda del año 2008.
2.- En función de la resolución N° 533 (V. y U.), de 1997, y sus modificaciones, asígnase además los recursos correspondientes a la Asistencia Técnica de este proyecto:
1.500 UF para el proyecto Comité Nuevo Amanecer y Comité Antonio Caicumeo.
3.- Déjase sin efecto la resolución exenta N° 1.068, de fecha 15 de febrero de 2008, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que otorga subsidios habitacionales del Programa Fondo Solidario de Vivienda a comités Nuevo Amanecer y Antonio Caicumeo, de la Región de Los Lagos.
4.- El Serviu de la Región de Los Lagos deberá ejercer las acciones que procedan para recuperar los fondos pagados del proyecto Comité Nuevo Amanecer y Comité Antonio Caicumeo, para hacer efectivas las garantías correspondientes, como asimismo para la determinación de las eventuales responsabilidades civiles, penales o administrativas de todos los actores involucrados en las irregularidades que originaron esta situación.
5.- El Director Serviu de La Región de Los Lagos dispondrá, mediante resolución y en función del acta de la Comisión Técnico Evaluadora, la aprobación del expediente técnico de este proyecto y los montos de subsidios adicionales, como subsidio de equipamiento y subsidio fondo de iniciativa, si corresponde. Esta comisión deberá verificar el cumplimiento de los requisitos para aprobar la asignación de estos recursos.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.