DISPONE ASIGNACIÓN DE RECURSOS POR ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN, TRAMOS Y/O TÍTULOS DENTRO DE LA REGIÓN QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DEL SUBSIDIO DIRECTO; Y APRUEBA NÓMINAS DE POSTULANTES SELECCIONADOS PARA EL TÍTULO I, SUBSIDIO GENERAL;
TÍTULO II, SUBSIDIO DE INTERÉS TERRITORIAL; TÍTULO III, SUBSIDIO DE REHABILITACIÓN PATRIMONIAL, CORRESPONDIENTES AL PRIMER LLAMADO NACIONAL 2008 DEL DECRETO Nº 40, DE 2004; Y DEJA SIN EFECTO SOLICITUDES DE POSTULACIÓN AL LLAMADO REFERIDO, CORRESPONDIENTES AL MES DE ABRIL DE 2008
Santiago, 23 de mayo de 2008.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 3.452 exenta.- Visto: El D.S. N° 40 (V. y U.), de 2004, que regula el Sistema de Subsidio Habitacional, en especial lo previsto en sus artículos 16, 17, 18 y 19 y en los Títulos I, II y III del Capítulo II de dicho reglamento; la resolución exenta N° 6.889, de este Ministerio, de fecha 18 de diciembre de 2007, publicada en el Diario Oficial del 20 de diciembre de 2007; la resolución exenta N° 1.275, de este Ministerio, de fecha 27 de febrero de 2008, publicada en el Diario Oficial del 1º de marzo de 2008, modificada por la resolución exenta Nº 1.882, de este Ministerio, de fecha 27 de marzo de 2008, publicada en el Diario Oficial del 3 de abril de 2008; la resolución exenta Nº 1.775, de este Ministerio, de fecha 26 de marzo de 2008, publicada en el Diario Oficial del 28 de marzo de 2008; la resolución exenta Nº 2.689, de este Ministerio, de fecha 24 de abril de 2008, publicada en el Diario Oficial del 26 de abril de 2008; la resolución exenta Nº 6.655, de este Ministerio, de fecha 7 de diciembre de 2007, y
Considerando:
a) Que por el número 1º de la resolución exenta N° 6.889, de este Ministerio, de 2007, se llamó a postulación nacional al primer llamado 2008 del Sistema de Subsidio Habitacional, en sus Títulos I, II y III, fijándose los recursos destinados a cada Título, estableciéndose procesos de selección en forma mensual;
b) Que por el número 1° de las resoluciones exentas N° 1.775 y Nº 2.689, ambas de este Ministerio, de 2008, se sustituyó, en la forma que se señala en ese mismo número, la tabla inserta en el número 2° de la resolución exenta N° 6.889, de este Ministerio, de 2007;
c) Que se hace necesario modificar el monto de Unidades de Fomento que se destinarán al financiamiento del subsidio directo y su forma de distribución por Título, Región, alternativa de postulación y tramo de precio de vivienda dispuesta para dicho llamado, con el objeto de lograr una mejor utilización de los recursos dispuestos para ese llamado;
d) Que el D.S. Nº 40 (V. y U.), de 2004, establece algunas inhabilidades para postular al Sistema de Subsidio Habitacional, así como las causales por las cuales este Ministerio podrá dejar sin efecto las solicitudes para postular a dicho beneficio, dicto la siguiente
Resolución:
1°.- Modifícase la resolución exenta N° 6.889, de este Ministerio, de 2007, en el sentido de sustituir la tabla inserta en su número 2º, por la siguiente:
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 29.05.2008, PAGINA 11
2°.- Apruébanse las nóminas de postulantes seleccionados para el goce del subsidio habitacional correspondiente al mes de abril de 2008, para el primer llamado 2008 del Sistema de Subsidio Habitacional regulado por el D.S. Nº 40 (V. y U.), de 2004,Títulos I, II y III, nóminas incluidas en páginas 1 a la 246, llamado dispuesto en el número 1º de la resolución exenta Nº 6.889, de este Ministerio, de 2007, nóminas que se entenderán formar parte de esta resolución, y fíjase el número de postulantes seleccionados, por Título, Región, alternativa de postulación y tramo, cuando corresponda, según se indica en la siguiente tabla:
Nº postulantes seleccionados
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 29.05.2008, PAGINA 11
3°.- Fíjase el monto de Unidades de Fomento comprometidas para el financiamiento del subsidio directo para la atención de los postulantes seleccionados a que se refiere el número anterior, por Título, Región, alternativa de postulación y tramos de precio de vivienda, cuando corresponda, según se indica en la siguiente tabla:
Unidades de Fomento
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 29.05.2008, PAGINA 12
4º.- Déjanse sin efecto las 32 solicitudes de postulación correspondiente al mes de abril de 2008, para el primer llamado 2008 del Sistema de Subsidio Habitacional regulado por el D.S. Nº 40 (V. y U.), de 2004, según se detalla a continuación, conforme a los Títulos I y II, llamado efectuado por el número 1º de la resolución exenta N° 6.889, de este Ministerio, de 2007, presentadas por las personas individualizadas en las nóminas que se acompañan (páginas 1 a la 11), las cuales se entenderán formar parte integrante de la presente resolución, por las causales que en cada caso se expresan en dichas nóminas:
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 29.05.2008, PAGINA 12
5°.- Publíquese en un periódico de circulación nacional un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de postulantes seleccionados conforme al número 2º de esta resolución, así como el plazo de que dispondrán los interesados para poder presentar al Serviu respectivo sus observaciones o reclamos, si correspondiere; y las nóminas de postulantes cuyas solicitudes de postulación fueron dejadas sin efecto, a que se refiere el número 4º anterior y exhíbanse dichas nóminas en las Oficinas de los Serviu.
Anótese, publíquese esta resolución en el Diario Oficial y archívese.- Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.