COMPLEMENTA DECRETO Nº 437 EXENTO, DE 2007
Núm. 186 exento.- Santiago, 23 de abril de 2008.-
Considerando:
Que mediante decreto (exento) Nº 437, de 10 de octubre de 2007, se otorgó en concesión onerosa directa a la Sociedad Marítima y Turística Cabo Froward Limitada los inmuebles fiscales singularizados en dicho acto administrativo, ubicados en el sector de Cabo Froward, Península de Brunswick, comuna de Punta Arenas, provincia de Magallanes, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena;
Que la División Jurídica, mediante oficio Nº 1, de 3 de enero de 2008, ha informado que revisado el decreto antes señalado, así como también el oficio Nº 606, de fecha 8 de agosto de 2007 de la División de Bienes Nacionales, se ha podido constatar que dentro de los inmuebles a concesionar, falta incorporar en el referido decreto, el lote 8a1, de una superficie de 23,97 Hás., del plano Nº XII-2-1493 C.R.
Decreto:
I.- Compleméntase la parte dispositiva del decreto (exento) Nº 437, de 10 de octubre de 2007, del Ministerio de Bienes Nacionales, en el sentido que se agrega a la concesión onerosa directa otorgada mediante el decreto antes señalado, el inmueble correspondiente al lote 8a1, ubicado en el lugar denominado Cabo Froward, Península Brunswick, comuna de Punta Arenas, provincia de Magallanes, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos con el Nº 5062-34, singularizado en el plano Nº XII-2-1493 C.R., con una superficie de 23,97 Hás. (veintitrés coma noventa y siete hectáreas) y los siguientes deslindes:
Este: En línea sinuosa con línea a 80,00 metros de la más alta marea que lo separa de camino proyectado - Prolongación Ruta 9 Sur;
Sur: En línea quebrada de dos tramos con lote 8a2, y en línea sinuosa con Río San Pedro que lo separa de parte del lote 8a30, y
Noroeste: En línea recta con Lote 1, según Plano Nº XII-2-1062 T.R., destinado a la Armada de Chile.
II.- El presente decreto formará parte integrante del que se complementa, para todos los fines legales, el que mantendrá su vigencia en todo lo demás.
Anótese, regístrese en el Ministerio de Bienes Nacionales, comuníquese, publíquese en extracto en el Diario Oficial y archívese.- Por orden de la Presidenta de la República, Romy Schmidt Crnosija, Ministra de Bienes Nacionales.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Neftalí Carabantes Hernández, Subsecretario de Bienes Nacionales.