Autoriza a la Municipalidad de Concepción para contratar uno o más préstamos que produzcan hasta la cantidad de $ 300.000.000 con el fin de destinarlos a diversas obras de adelanto local; para su servicio prorroga el impuesto adicional de dos por mil anual sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna, creado por el artículo 17° de la ley 2.658, de 13 de junio de 1912, y prorrogado por las leyes 4.292, de 16 de febrero de 1928, y 9.574, de 22 de marzo de 1950.