Artículo 3.o Las cuentas por pagar de la actual Municipalidad de Aysen serán siempre de cargo de esta Municipalidad.
Las contribuciones, patentes, cuentas y demás créditos a favor de la Municipalidad de Aysen, pendientes a la fecha de la promulgación de la presente ley, y que corresponden a la nueva comuna-subdelegación de Coyhaique, deberán pagarse a la Municipalidad de Aysen.
La Municipalidad de Coyhaique no podrá cobrar ninguna suma de dinero, devengada con anterioridad a la presente ley, a la Municipalidad de Aysen, ni tampoco podrá pagar deudas contraídas por esta Municipalidad.