Autoriza a la Municipalidad de Los Angeles para contratar uno o más empréstitos que produzcan hasta la cantidad de $ 135.000.000 con el fin de destinarlos a diversas obras de adelanto local; para su servicio establece una contribución adicional de un dos por mil anual sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna; modifica las letras b) y d) del artículo 2° de la ley 10.049, de 3 de diciembre de 1951, que dispuso fondos para la construcción de un horno crematorio de basuras, un gimnasio y una casa de limpieza.