Artículo 80. Destínase la cantidad de $ 190.000.000 para atender durante el presente año, al pago de los sueldos y sobresueldos del personal que pasó a formar parte de la planta suplementaria dependiente del Ministerio de Hacienda proveniente de la ex Dirección de Obras Ferroviarias, en virtud de lo dispuesto en el D.F.L. N° 12/414, de 27 de Agosto de 1957 y el decreto reglamentario del Ministerio de Economía N° 394, de 4 de Octubre del mismo año.