"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Corral para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma de $ 12.000.000, a un interés no superior al 12% anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.