Artículo 5.o Auméntase en 200 % el valor de las patentes de abogados.
    El rendimiento de este aumento irá íntegramente a beneficio de los Colegios de Abogados de la jurisdicciones respectivas, para los fines señalados en su ley orgánica.
    Este aumento regirá a contar desde el 1.o de Septiembre de este año."