Modifica  el D.F.L. Nº 1 de 2001, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 19.420, que establece incentivos para el desarrollo económico de las provincias de Arica y Parinacota.

La normativa establece una serie de beneficios de carácter tributario para las Pymes de Arica y Parinacota, siendo uno de ellos el extender hasta el año 2011, los incentivos tributarios para las zonas extremas que vencieron el 31 de diciembre de 2007.

La  ley pretende con estas medidas potenciar los sectores productivos de la zona beneficiada teniendo en especial consideración las ventajas comparativas que ellas puedan tener en la realización de determinados procesos productivos.

    Artículo tercero transitorio.- No obstante lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 1° del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2001, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.420, el monto de los proyectos de inversión realizados en la provincia de Arica que podrán acogerse a los beneficios contenidos en el mencionado cuerpo legal, deberá ser superior a los señalados a continuación:

    a) 2008 y 2009: 1.000 unidades tributarias mensuales.
    b) 2010: 1.500 unidades tributarias mensuales.
    c) 2011: 2.000 unidades tributarias mensuales.