Introduce modificaciones a la Ley N° 20.063, que crea el Fondo de Estabilización de Precios de Combustibles Derivados del Petróleo.

Esta ley adiciona recursos al Fondo de Estabilización de Precios de Combustibles derivados del petróleo, autoriza una capitalización de Enap e introduce otras modificaciones.

La normativa tiene por objeto reducir la volatilidad de los precios de los combustibles en el mercado nacional, debido a las constantes alzas que han experimentado los precios de los combustibles. Incluye al kerosene o parafina, combustible de masivo uso doméstico durante el invierno.

La Ley, asimismo, autoriza la capitalización de ENAP (Empresa Nacional de Petróleo), por un monto de 250 millones de dólares, lo que permitirá que la empresa asegure el suministro de combustibles al país.

    Artículo 3º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 19.764:

    1) Modifícase su artículo 1°, en el siguiente sentido:

    a) Reemplázanse, en su inciso segundo, la frase .A partir del 1 de enero de 2003. y el guarismo "20%", por "A partir del 1 de julio de 2009" y .35%.
respectivamente.

    b) Agrégase en su inciso segundo, la siguiente oración final:

    "La recuperación del 35% regirá respecto de los peajes pagados a partir del 1 de julio de 2009.".

    c) Derógase su inciso cuarto.

    2) Derógase el inciso cuarto del artículo 2°.