Crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo.

El sistema, de carácter voluntario, sienta las bases de un sistema público-privado de certificación de competencias que permitirá a los trabajadores acceder a mejores oportunidades de inserción laboral y a las empresas contar con información relevantepara optimizar sus procesos productivos y sus niveles de competitividad.

    Artículo 10.- El patrimonio de la Comisión estará integrado por:

a)  El Ley 21666
Art. 1 N° 6 a)
D.O. 20.04.2024
presupuesto que anualmente le asigne la Ley de Presupuestos del Sector Público.
b)  Aportes de los sectores productivos participantes efectuados a la Comisión en dinero o en especies preferentemente para comprar, generar, actualizar o validar unidades de competencias laborales, mediante convenios de colaboración o de cooperación. CoLey 21666
Art. 1 N° 6 b)
D.O. 20.04.2024
n todo, para destinar recursos, sean estos públicos o provenientes de sus ingresos propios, al cofinanciamiento de la generación, adquisición y actualización de Unidades de Competencias Laborales, el sector productivo deberá contribuir a lo menos con el 10% del gasto de cada una de ellas.
c)  Recursos propios que obtenga con ocasión de la administración de su patrimonio y de los ingresos que perciba por los Ley 21666
Art. 1 N° 6 c)
D.O. 20.04.2024
aranceles a que se refiere el artículo 12 y los actos y contratos que se celebren en virtud de la facultad establecida en la letra m) del artículo 4.
d)  Los bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales que se le transfieran o adquiera a cualquier título y los frutos de estos bienes.