Crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo.

El sistema, de carácter voluntario, sienta las bases de un sistema público-privado de certificación de competencias que permitirá a los trabajadores acceder a mejores oportunidades de inserción laboral y a las empresas contar con información relevantepara optimizar sus procesos productivos y sus niveles de competitividad.

    Artículo 27.- Podrá disponerse del financiamiento público a que se refieren las letras b), c) y d) del artículo anterior, sólo para los procesos de evaluación y certificación de competencias laborales cuando concurran las siguientes circunstancias:

a)  Que se ejecuten por los Centros acreditados por la Comisión.
b)  Que se basen en los criterios, procedimientos, metodologías y unidades de competencias laborales validadas por la Comisión.