OTORGA SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA A PROYECTOS EN LA MODALIDAD DE CONSTRUCCIÓN, CONFORME AL ARTÍCULO 3°, INCISO SÉPTIMO DEL DECRETO 174, DE 2005 Y SUS MODIFICACIONES A COMITÉS DE VIVIENDA .ANTILHUE. Y .ESFUERZO UNIDO N°5. DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS

    Santiago, 19 de junio de 2008.- Hoy se resolvió lo que sigue:

    Núm. 4.114 exenta.- Visto:

a)  El D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2005 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda, en especial lo dispuesto en el inciso final de su artículo 3°;
b)  La resolución exenta N° 1.879, de fecha 08 de agosto de 2003 del Serviu de la Región de Los Lagos, que aprobó la nómina de seleccionados del programa y llamado que indica;
c)  La resolución exenta N° 1.791, de fecha 29 de agosto de 2005 del Serviu de la Región de Los Lagos, que aprobó la nómina de seleccionados del programa y llamado que indica;
d)  La resolución exenta N° 6.655, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 7 de diciembre de 2007, que autoriza el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes a los llamados que se efectúen durante el año 2008, para subsidios habitacionales en Sistemas y programas que indica;
e)  El oficio N° 0507, de fecha 14 de abril de 2008 del director Serviu de la Región de Los Ríos, solicitando la asignación directa de subsidios que se señalan;
f)  El oficio N° 2816, de fecha 31 de agosto de 2007, de la Sra. Ministra de Vivienda y Urbanismo, instruyendo la homologación de subsidios otorgados anteriormente a la entrada en vigencia de la nueva política habitacional, con el objeto de entregar viviendas que cumplan el nuevo estándar técnico a las familias beneficiarias;
g)  La facultad que me confiere el artículo 3°, inciso séptimo del D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2005, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda, para asignar directamente por resoluciones hasta un 30% de la cantidad de recursos dispuestos, para la atención de personas que vivan en condiciones de extrema marginalidad habitacional, y

    Considerando:

a)  La posibilidad señalada en el oficio N° 2816, de fecha 31 de agosto de 2007, de la Sra.
    Ministra de Vivienda y Urbanismo, de otorgar soluciones habitacionales que cumplan con el estándar de la nueva política habitacional, conforme al cuadro normativo e itemizado técnico del D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2005 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda, a familias beneficiadas anteriormente en Sistemas o Programas de Subsidio,
b)  Que el estándar de las viviendas de la nueva política habitacional no es posible de alcanzar con los montos de subsidios del Programa Vivienda Progresiva, que les fueron otorgados, antes de la entrada en vigencia de la nueva política habitacional, a 30 familias del Comité de Vivienda Esfuerzo Unido N°5 de la comuna de La Unión, y 10 familias del Comité de Vivienda Antilhue, de la comuna de Los Lagos, identificadas en el siguiente listado:

COMITÉ ESFUERZO UNIDO N° 5 LA UNIÓN

  N    Beneficiario  RUT

1  Alosilla Quezada Miriam Yolanda      10.583.813-1
2  Bustos Miranda Héctor Raúl          08.479.418-k
3  Carrasco Antilef Gladys Elena        11.250.862-7
4  Carrasco Martínez Olivia            06.677.106-7
5  Castillo Ruiz Óscar Gonzalo          12.566.518-7
6  Cossio Rehl José Joel                07.952.691-6
7  Dinamarca Inostroza Emilitina del
    Carmen                              05.190.983-6
8  Fuentes Garrido Tornelia Esperanza    10.380.705-0
9  Puentes Obando Blanca Flor            06.759.874-1
10  Guarda Mautz María Teresa            10.919.717-3
11  González Viveros Reinalda Isolda    08.976.093-3
12  Guarda Mautz Nancy Yanett            09.428.539-9
13  Huanquil Gutiérrez Amanda Judith    11.590.261-k
14  Jaque Barra Renato Ariel            10.990.097-4
15  Leutún Miranda Jorge Hugo            07.954.066-8
16  Mansilla Vidal María Isabel          08.062.776-9
17  Mansilla Sepúlveda Marita Elizabeth  11.970.178-3
18  Mera Quidiante Marisol del Carmen    14.476.130-8
19  Muñoz Dinamarca Erich Raúl          10.802.129-2
20  Negrón Gallardo Elizabeth Magdalena  14.348.525-0
21  Risco Arellano Ricardo Lorenzo      09.395.184-0
22  Solís Pardo Luis Erico              04.599.680-8
23  Toledo Barriga Rosa Elvira          07.708.775-3
24  Salazar Estrada Virginia del Carmen  06.807.557-2
25  Sandoval de la Fuente Marlene
    del Carmen                          09.132.469-5
26  Silva Navarrete Héctor Rolando      09.447.316-0
27  Solís Solís Aída Josefina            05.462.835-8
28  Solís Soto Elsy Ibett                09.562.757-9
29  Valenzuela Mansilla Omar Artemio    11.630.023-0
30  Villanueva Gómez Ximena Verónica    10.591.858-5

COMITÉ ANTILHUE - LOS LAGOS

  N    Nombre Beneficiario  RUT

1  María Florentina Cáceres Medina      7.673.938-2
2  José Cárcamo Espinoza                9.812.608-2
3  Ana Doris Carillanca Cuitiño        13.817.041-1
4  Sara Ruth Carrillo Acuña              3.847.106-6
5  Marisol Beatriz Catalán Triviño      11.198.236-8
6  Carlos Alberto Fernández Gallardo    13.585.887-0
7  Elena Cleri Herrera Pino              8.079.332-4
8  Mariana Isabel Rosas Mella          11.702.989-1
9  María Odilva Vega Hermosilla          5.213.606-7
10  Elba Teresa Yánez Castillo          11.064.182-6

c)  El oficio N° 0507, de fecha 14 de abril de 2008, del Director Serviu de la Región de Los Ríos, indicando que las viviendas que se entregarán a las familias cumplen con el estándar de la nueva política habitacional según evaluación de proyectos realizada por la comisión técnica evaluadora regional, dicto la siguiente,
      Resolución:



    1. Asígnase 40 Subsidios del Fondo Solidario de Vivienda en su modalidad de construcción por un monto de 330 UF, a las familias integrantes del Comité de Vivienda Esfuerzo Unido N°5 de la comuna de La Unión, y del Comité de Vivienda Antilhue, de la comuna de Los Lagos identificadas en el considerando b) de esta resolución.
    2. Exímese a las familias de los comités identificados en el considerando b) de esta resolución, del procedimiento de evaluación social dispuesto en el inciso primero del artículo 11 del D.S. N° 174 (V. y U.), de 2005, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda.
    3. Si se hubieren girado anticipos a cuenta de los subsidios otorgados conforme a las resoluciones citadas en las letras b) y c) de los Vistos, su monto se deducirá de los subsidios asignados mediante la presente resolución.
    4. Los subsidios habitacionales que se otorguen conforme a lo dispuesto en esta resolución, se imputarán a los recursos del Programa Fondo Solidario de Vivienda del año 2008 autorizados para la Región de Los Ríos.
    5. El Director de Serviu de la Región de Los Ríos, mediante resolución, dejará sin efecto la asignación de subsidios del Programa de Vivienda Progresiva, otorgados mediante la resolución exenta N° 1.879, de fecha 8 de agosto de 2003, de Serviu de la Región de Los Lagos, a 30 familias del Comité de Vivienda Esfuerzo Unido N°5 de la comuna de La Unión, cuyo listado se incluye en considerando b) de esta resolución.
    6. El Director de Serviu de la Región de Los Ríos, mediante resolución, dejará sin efecto la asignación de subsidios del Programa de Vivienda Progresiva, otorgados a través de la resolución exenta N° 1.791, de fecha 29 de agosto de 2005, de Serviu de la Región de Los Lagos, a 10 familias del Comité de Vivienda Antilhue, de la comuna de Los Lagos, cuyo listado se incluye en considerando b) de esta resolución.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.