Autoriza la construcción de tres monumentos en memoria de las víctimas de la masacre ocurrida el día 21 de diciembre de 1907, en la Escuela Santa María de Iquique, los que se emplazarán en las ciudades de Iquique, Santiago y Valparaíso.

Se crea un fondo destinado a las erogaciones, donaciones y demás aportes y una comisión especial integrada por 11 miembros ad honorem encargados de ejecutar los objetivos de esta ley.

Esta ley se originó en una iniciativa de los diputados Roberto Sepúlveda H., Francisco Chahuán Ch. y la diputada Marta Isasi B.

    Artículo 2°.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se establece en el artículo 4°, en coordinación con el Ministerio del Interior.