Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Rancagua, en memoria del artista chileno Óscar Castro Zúñiga.
Autoriza la construcción de un monumento en la ciudad de Rancagua, en memoria del artista chileno Óscar Castro Zúñiga.
Se crea un fono destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes y una comisión especial integrada por 5 miembros ad honorem encargados de ejecutar los objetivos de esta ley.
Esta ley fue iniciativa de los diputados Esteban Valenzuela, Ramón Barros M., Eugenio Bauer J., Alejandro García-Huidobro S., y de la diputada Alejandra Sepúlveda Orbenes y del entonces diputado Aníbal Pérez L.