Autoriza la construcción de un monumento en la ciudad de Rancagua, en memoria del artista chileno Óscar Castro Zúñiga.

Se crea un fono destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes y una comisión especial integrada por 5 miembros ad honorem encargados de ejecutar los objetivos de esta ley.

Esta ley fue iniciativa de los diputados Esteban Valenzuela, Ramón Barros M., Eugenio Bauer J., Alejandro García-Huidobro S., y de la diputada Alejandra Sepúlveda Orbenes y del entonces diputado Aníbal Pérez L.

    Artículo 6º.- El monumento deberá erigirse en el plazo de cinco años, contado desde la fecha de la publicación de la presente ley. Si vencido dicho plazo no se hubiere ejecutado la obra, los recursos obtenidos hasta esa fecha por concepto de erogaciones serán aplicados a los objetivos culturales que la comisión establezca.".