Artículo 4º.- El montoDecreto 98, EDUCACIÓN
Art. 2
D.O. 31.07.2013 de recursos que transfiera el Ministerio de Educación se determinará de acuerdo a las necesidades definidas por el establecimiento y refrendadas por cada Consejo Escolar, necesidades que corresponde aprobar, valorizar e incluir en los respectivos proyectos de equipamiento a cada Secretaría Regional Ministerial de Educación, en su calidad de Unidad Técnica.
Art. 2
D.O. 31.07.2013 de recursos que transfiera el Ministerio de Educación se determinará de acuerdo a las necesidades definidas por el establecimiento y refrendadas por cada Consejo Escolar, necesidades que corresponde aprobar, valorizar e incluir en los respectivos proyectos de equipamiento a cada Secretaría Regional Ministerial de Educación, en su calidad de Unidad Técnica.