Artículo 4° Declárase que la exención de gravámenes a que se refiere la ley 12.887, de 17 de mayo de 1958, comprende también los empuestos especiales de internación establecidos por la ley 12.084, modificada por las leyes 12.434 y 12.462, y que tales franquicias deben entenderse otorgadas a la Iglesia Evangélica que con el nombre de "Asamblea Cristiana" funciona en Valparaíso y que posee personalidad jurídica concedida por decreto supremo 2.589, de 10 de mayo de 1955.