"Artículo 1° Créase el departamento de Puente Alto en la provincia de Santiago, cuya capital será la ciudad de Puente Alto.
El territorio del departamento de Puente Alto quedará formado por el de las actuales comunas-subdelegaciones de Puente Alto, San José de Maipo y Pirque, del departamento de Santiago, con los límites que les fueron fijados por decreto del Ministerio del Interior 4.771, de 13 de julio de 1939.