Artículo segundo. En conformidad a la readecuación de cargos y horas dispuesta en el artículo precedente, la Planta de Personal del Servicio de Salud del Reloncaví pasa a ser la siguiente:

NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 28.06.2008, PAGINA 19
    Cargos que se podrán remunerar y desempeñar indistintamente bajo el régimen del Decreto Ley Nº 249 de 1973 o de la Ley 19.664:

NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 28.06.2008, PAGINA 19
F.  Planta de Profesionales Funcionarios.

NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 28.06.2008, PAGINA 19