Introduce diversas modificaciones a la ley sobre impuesto territorial, sobre rentas municipales y a otros cuerpos legales.

Esta normativa, entre sus disposiciones, modifica el cobro de derechos municipales de publicidad, aseo y extracción de basura domiciliaria, con el fin de incrementar los fondos comunales. La normativa,  además, regula el pago de publicidad en propiedades privadas cuando a ella se tiene acceso por la vía pública.

    Artículo 3º.- Incorpórase, en el inciso final del artículo 9º de la ley Nº 19.104, a continuación del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente frase:

    "En el caso de los organismos cuyos funcionarios perciban la asignación establecida en el artículo 24 del decreto ley Nº 3.551, de 1980, la excepción a la limitación referida se dispondrá mediante un decreto alcaldicio fundado. Entre los fundamentos de dicho decreto deberán señalarse los costos que la medida implica para las arcas municipales, con mención específica de los montos involucrados.".