Artículo 2°.- Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos antes señalados:

a)  Directivos:

Jefes de división, alternativamente:
    i)  título profesional de una carrera de, a lo
          menos, 10 semestres de duración y 5 años de
          experiencia profesional, como mínimo, o
    Ley 21050
Art. 39, N° 1
D.O. 07.12.2017
ii)  título profesional de una carrera de, a lo
          menos, 8 semestres de duración y 6 años de
          experiencia profesional, como mínimo.

Jefes de departamento, alternativamente:
    i)  título profesional de una carrera de, a lo
          menos, 10 semestres de duración y 4 años de
          experiencia profesional, Ley 21050
Art. 39, N° 2 a) y b)
D.O. 07.12.2017
como mínimo, o
    ii)  título profesional de una carrera de, a lo
          menos, 8 semestres de duración y 5 años de
          experiencia profesional, como mínimo.

b)  Profesionales

Grado 4° , alternativamente:
    i)  título profesional de una carrera de, a lo
          menos, 10 semestres de duración y 4 años de
          experiencia profesional, como mínimo,Ley 21050
Art. 39, N° 3 a) y b)
D.O. 07.12.2017
o
    ii)  título profesional de una carrera de, a lo
          menos, 8 semestres de duración y 5 años de
          experiencia profesional, como mínimo.

Grados 5° y 6° , alternativamente:
    i)  título profesional de una carrera de, a lo
          menos, 10 semestres de duración y 4 años de
          experiencia profesional, como mínimo, o
    ii)  título Ley 21050
Art. 39, N° 4
D.O. 07.12.2017
profesional de una carrera de, a lo
          menos, 8 semestres de duración y 5 años de
          experiencia profesional, como mínimo.

c)  Técnicos, alternativamente:

    i)  título técnico de nivel superior otorgado
          por un establecimiento de educación
          superior del Estado o reconocido por éste,
          y acreditar una experiencia laboral como
          técnico de nivel superior no inferior a 3
          años, o
    ii)  título técnico de nivel medio y acreditar
          una experiencia laboral como técnico no
          inferior a 5 años.

d) Administrativos:

Grado 14°: licencia de educación media o equivalente y 3 años de experiencia laboral, como mínimo. Grados 15° y 16°: licencia de educación media o equivalente

e)  Auxiliares:

Grado 20°: licencia de educación media o equivalente y 3 años de experiencia laboral, como mínimo. Grado 24°: licencia de educación media o equivalente.