AUTORIZA AL CLUB HIPICO DE SANTIAGO Y AL HIPODROMO CHILE, POR UNA SOLA VEZ, PARA QUE CELEBREN UNA REUNION HIPICA A BENEFICIO DEL CUERPO DE BOMBEROS DE TALCA.
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo único. Autorízase al Club Hípico de Santiago y al Hipódromo Chile, por una sola vez para que celebren una reunión hípica a beneficio del Cuerpo de Bomberos de la ciudad de Talca, las que estarán exentas de todo impuesto fiscal y municipal.
    El producto de estas carreras se destinará a la cancelación de la deuda contraída por el Cuerpo de Bomberos de Talca con el Banco del Estado de Chile y a la construcción del Cuartel de la Cuarta Compañía de esa ciudad.
    Los impuestos que se recauden por concepto de las entradas de boleterías y el total de las comisiones sobre apuestas mutuas simples o combinadas se destinarán a beneficio del Cuerpo de Bomberos de la ciudad de Talca, sin otros descuentos que los contemplados en las letras b) y d) del artículo 2° de la ley 5.055 y los establecidos a favor del personal de esas instituciones hípicas y de la Caja de Retiro y Previsión Social de Preparadores y Jinetes, en el artículo 46°, inciso 2°, de la ley 9.629".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, catorce de octubre de mil novecientos cincuenta y ocho.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Eduardo Urzúa.