Artículo 16° El impuesto adicional de 11% sobre el valor de las entradas a espectáculos públicos, establecido en el artículo 4° de la ley 11.835 en favor de la Municipalidad de Valparaíso, se aplicará en la comuna de Viña del Mar y en beneficio de la Municipalidad respectiva sobre el valor de las entradas a cines, teatros y, en general, sobre cualquier espectáculo que se efectúe exclusivamente dentro del radio urbano de la comuna de Viña del Mar, con excepción de las competencias deportivas.
    El rendimiento de este impuesto se invertirá por el Municipio de Viña del Mar en finalidades de carácter artístico y cultural y en obras de ornato y recreo.