Artículo 4° Autorízase a la Municipalidad de Coihueco para invertir el remanente acumulado a la fecha de vigencia de esta ley, por aplicación del impuesto sobre los bienes raíces de la comuna a que se refiere el artículo 4° de la ley 11.993, después de hecha la obra indicada en el artículo 2° de la ley 13.282, en la adquisición de una ambulancia con todos sus equipos, que se destinará al servicio de los enfermos indigentes de la comuna. Si producida esta adquisición, aún quedaren fondos sobrantes provenientes de la misma causa, éstos incrementarán los recursos que esta ley destina a las obras señaladas en el artículo 2°".