CONFIERE POR VIDA EL RANGO DE EMBAJADOR EXTRAORDINARIO A DON ALEJANDRO ALVAREZ.
    Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo 1° Confiérese por vida el rango de Embajador Extraordinario al ciudadano chileno señor Alejandro Alvarez.

    Artículo 2° La Ley de Presupuestos consultará anualmente, en forma separada, una suma equivalente a la renta en pesos oro de un Cónsul de 3a Clase 7a Categoría Exterior, de la cual será beneficiario el señor Alejandro Alvarez, quien no gozará de los derechos de antigüedad y ascenso que a tales plazas corresponden.
    Artículo 3° El gasto que represente el cumplimiento de la presente ley, y que asciende en la actualidad a $ 40.440 oro anuales, se imputará al ítem 5-2-4-v "Varios e Imprevistos" del Ministerio de Relaciones Exteriores.
    Artículo 4° Esta ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial"."
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago veintiséis de agosto de mil novecientos cincuenta y nueve.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Germán Vergara.- Sótero del Río.- Roberto Vergara.