Artículo 2° La Ley de Presupuestos consultará anualmente, en forma separada, una suma equivalente a la renta en pesos oro de un Cónsul de 3a Clase 7a Categoría Exterior, de la cual será beneficiario el señor Alejandro Alvarez, quien no gozará de los derechos de antigüedad y ascenso que a tales plazas corresponden.