Artículo 21° Modifícase el decreto con fuerza de ley 232, de 15 de mayo de 1931, en el sentido de que la 24a circunscripción para las elecciones de diputados estará formada por los departamentos de Llanquihue, Puerto Varas, Maullín, Calbuco, Aysén, Coyhaique y Chile-Chico y de que la 25a circunscripción para las elecciones de diputados estará formada por los departamentos de Ancud, Castro, Quinchao y Palena.