AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN PARA INVERTIR EL REMANENTE QUE INDICA, EN LAS OBRAS DE ELECTRIFICACION DEL PUEBLO DEL MISMO NOMBRE
    Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    Artículo único. Autorízase a la Municipalidad de El Carmen para invertir en obras de electrificación del pueblo el remanente acumulado a la fecha de vigencia de esta ley, por aplicación del impuesto sobre los bienes raíces de la comuna a que se refiere el artículo 4° de la ley 11.591, de 20 de septiembre de 1954.


    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, veintinueve de septiembre de mil novecientos cincuenta y nueve.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Sótero del Río.