Artículo 7° Autorízase al Presidente de la República para transferir a la Municipalidad de Petorca, a título gratuito, todos los bienes, maquinarias y enseres de propiedad fiscal que se destinaban a suministrar energía eléctrica a la comuna de Petorca y autorízase a la Municipalidad de Petorca para transferir libremente a dichos bienes, maquinarias y enseres a la Empresa Nacional de Electricidad S. A., en las condiciones que estime conveniente.