ACLARA EL ARTICULO UNICO DE LA LEY 12.449, DE 28 DE FEBRERO DE 1957, QUE CONDONO EL PAGO DE CONTRIBUCIONES FISCALES, INTERESES, MULTAS Y COSTAS, ADEUDADAS POR EL CLUB DE LA FUERZA AEREA DE CHILE, RESPECTO DE SU PROPIEDAD QUE INDICA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Aclárase el artículo único de la ley 12.449, de 28 de febrero de 1957, en los siguientes términos: agrégase, después de las palabras "contribuciones fiscales" la siguiente frase: "y municipales".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, treinta de septiembre de mil novecientos cincuenta y nueve.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Carlos Vial.