Artículo único: Promúlganse el Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y la República del Ecuador, suscrito en Santiago el 23 de enero de 2006, y el Acuerdo que lo corrige, adoptado por Cambio de Notas fechadas en Santiago el 25 y 29 de mayo de 2006; cúmplase y publíquese copia autorizada de sus textos en el Diario Oficial.