Artículo 2° Autorízase a la Muncipalidad de Iquique y a la Dirección de Obras Sanitarias del Ministerio de Obras Públicas para permutar los siguientes inmuebles ubicados en esa ciudad: a) Terrenos baldíos de la Municipalidad, de una superficie aproximada de 70.860 metros cuadrados, cuyos deslindes y dimensiones son los siguientes: desde un punto situado al oriente del extremo nororiente de la manzana N° 663 del plano catastral de la ciudad se miden 392 metros hacia el sur y desde allí hacia el oriente en 120 metros. Desde este punto y paralelamente al camino actual al interior y a 20 metros hacia el sur poniente de este camino en una línea recta de 496 metros que cierra con el punto de partida, y b) Propiedades de la Dirección de Obras Sanitarias dependiente del Ministerio de Obras Públicas ubicadas en 18 de Septiembre con Thompson, rol de avalúo N° 355/2 y en José Joaquín Pérez con Arturo Fernández N° 1487 al 1491, rol de avalúos N° 653/12.